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updated 8:22 PM UTC, Sep 11, 2023

Discriminación de un docente de una Universidad Pública por razones sindicales y por edad

Destacado Discriminación de un docente de una Universidad Pública por razones sindicales y por edad

Cita: MJ-DOC-16727-AR | MJD16727
Producto: MJ
Sumario: I. La demanda y su contestación. II. La sentencia de primera instancia. III. La apelación. IV. La sentencia de segunda instancia. V. Nuestro comentario. VI. Conclusiones.
Por Ricardo F. Seco (*)
I. LA DEMANDA Y SU CONTESTACIÓN
Dice la sentencia comentada que el actor dedujo acción de amparo ante el Juez Federal de Primera Instancia de Junín, Provincia de Buenos Aires, en contra la Universidad Nacional del Noroeste de la Provincia de Buenos Aires, UNNOBA, en los términos de los arts. 43 y 14 bis de la Constitución Nacional, ley 16.986 y arts. 47, 53, 54 y concordantes de la ley 23.551 a fin de peticionar el pronto resguardo de sus derechos laborales y sindicales. Solicitó que se decrete en forma previa una medida cautelar que ordene el cese inmediato de la conducta antisindical de la accionada y la inmediata reincorporación a su puesto de trabajo del cual, sostuvo, había sido ilegítimamente separado por motivos de discriminación gremial, encontrándose abiertamente avasallados sus derechos constitucionales.
Pidió que se ordene el pago de los salarios caídos desde el mes de diciembre de 2018, con más los intereses correspondientes desde que cada suma fue debida hasta el efectivo e íntegro pago, con expresa imposición de costas (conf. artículos 47, 48, 52, 53 y concordantes de la ley 23.551, artículos 11, 12, 23 y concordantes del CCT para los Docentes de Instituciones Universitarias Nacionales, la ley 23.592 y art.14 bis de la Constitución Nacional).

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