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updated 8:22 PM UTC, Sep 11, 2023

El sistema de garantías y las vías procesales por derechos afectados en redes sociales

Sumario: I.- Introducción II.- El sistema de garantías en redes sociales y el marco regulatorio adecuado III.- Vulnerabilidad en redes sociales: A.- Breves referencias al fallo: “Martino, Daniel Alejandro s/ estafa" B.- Breves referencias al fallo:“B. C. c/Facebook Argentina SA s/medida autosatisfactiva” IV.- A modo de conclusión

I.- Introducción

Este artículo versa sobre el tratamiento legal, doctrinal y jurisprudencial en la protección de derechos afectados en redes sociales. El destinatario de este trabajo encontrará un desarrollo ameno, conciso y claro sobre la problemáticas actuales en torno al uso de las redes sociales. Además, está orientado hacia el Derecho Procesal. Se abre el interrogante sobre la adecuación de los institutos procesales para la resolución de los conflictos en materia derechos informáticos y derechos de consumidores y usuarios y en general sobre los derechos fundamentales de las personas.

II.- El sistema de garantías en redes sociales y el marco regulatorio adecuado

El Derecho de consumidores y usuarios tiene autonomía en el conjunto de las ramas del Derecho; pues, cuenta con normativa específica, principios y unos métodos de resolución de conflictos especializados. Los principios son valores, estándares y criterios ordenadores del comportamiento que permiten interpretar las distintas normativas y adecuar las respuestas institucionales a dichos parámetros ¿Cuáles son los principios del Derecho de consumidores y usuarios? A continuación, resaltaré los principios que encuentro en el Código Civil y Comercial (en adelante CCC): principio protectorio; principio in dubio pro consumidor; principio de la condición más beneficiosa para el consumidor; principio de trato digno; principio de trato equitativo y no discriminatorio; principio de libertad de contratar; principio de gratuidad; principio de orden público económico; principio de educación e información para el consumo; principio de consumo sustentable. Actualmente, la noción fundamental llamada “relaciones de consumo” sigue siendo una especie dentro del género de las relaciones jurídicas. El art. 1092 del CCC: “La relación de consumo es el vínculo jurídico entre un proveedor y un consumidor”.

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